SII establece nuevas obligaciones para Empresas Forestales
El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha emitido la Resolución Exenta N° 75 de 2024, que establece nuevas obligaciones para ciertas empresas involucradas en la explotación forestal. A partir del 1 de noviembre de 2024, todas las empresas que participen en la producción, transporte, venta, almacenamiento, depósito, mantención o acopio de troncos o trozas de madera no nativa estarán obligadas a cumplir con estos requisitos.
Documentos Obligatorios:
- Guías de Despacho Electrónicas
- Facturas
Estos documentos deben incluir información detallada como:
- Georreferencia (latitud y longitud) del origen y destino.
- ROL Avalúo Predial de los predios de origen y destino.
- Número de Resolución del Plan de Manejo.
A continuación hemos creado un resumen con 10 preguntas frecuentes
¿Quiénes están obligados a cumplir con esta normativa?
- Empresas que realicen actividades de producción, transporte, venta, almacenamiento, depósito, mantención o acopio de troncos o trozas de madera no nativa.
¿Qué tipo de documentos se deben emitir según la nueva normativa?
- Guías de Despacho Electrónicas y Facturas.
¿Cuándo entra en vigor esta nueva normativa?
- El 1 de noviembre de 2024.
¿Qué información adicional deben incluir las guías de despacho y facturas?
- Georreferencia de origen y destino, ROL de los predios, y número de resolución del plan de manejo.
¿Qué ocurre si una empresa no cumple con estos requisitos?
- Se pueden aplicar sanciones según el artículo 97 del Código Tributario y la Ley N° 21.488.
¿Por qué se han implementado estas nuevas obligaciones?
- Para mejorar la trazabilidad y el control fiscal sobre el transporte de madera no nativa, asegurando el cumplimiento tributario.
¿Cómo pueden las empresas obtener la georreferencia requerida?
- Utilizando aplicaciones de mapas o dispositivos con GPS para identificar las coordenadas de los predios.
¿Es obligatorio incluir la información del plan de manejo en todos los casos?
- Sí, excepto cuando no se requiere un plan de manejo, en cuyo caso se debe indicar “No tiene”.
¿Qué sanciones específicas pueden aplicarse por incumplimiento?
- Multas y otras penalidades bajo el artículo 97 del Código Tributario y la Ley N° 21.488.
¿Dónde pueden las empresas encontrar más información sobre cómo cumplir con estos requisitos?
En la pagina del SII se puede encontrar información en el siguiente link https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso75.pdf
SOFTWARE DE MERCADO
Si necesitas un software de mercado para cumplir esta normativa nos puedes contactar a nosotros Rjc Software
Consultar por nuestro Software de Guías de Despacho Forestal en el siguiente link