SII publica resolución Boleta Electronica Obligatoria el 1 de Septiembre
El Servicio de Impuestos Internos publicó la resolución 74, con el procedimiento de inscripción y emisión de boletas electrónicas obligatorias
Fechas de Boleta Electronica Obligatoria
- Los facturadores electronicos a partir del 1 de septiembre de 2020
- Los que no emiten factura electronica a partir del 1 de marzo de 2021
Puntos importantes
- Se elimina la obligación de estar inscrito en factura electrónica para la inscripción y emisión de boletas electrónicas.
- Se elimina la obligación de llevar y mantener libro de boletas electrónicas.
- Se simplifica representación impresa y digital de la boleta electronica
- Una vez generada cada boleta electrónica deberá enviarse electrónicamente al SII de manera inmediata.
- El monto de IVA se debe informar separadamente en las boletas electrónicas, especificándose el monto correspondiente al IVA y el monto total.
- El SII podrá autorizar sistemas de emisión que cumplan con ciertos requisitos.
- La representación virtual será la regla general y podrá ser entregada en medios tecnológicos, dejando opcional la entrega del documento impreso.
- Se mantiene el envío de resumen de ventas diarias y se extiende la obligación para todas las empresas que emitan estos documentos
Para revisar la Resolusión, ver siguiente link resolucion 74